Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2013
Fecha: 18-Mar-2013
II.2.
II.2. En etapa de ejecución de sentencia, mediante memorial presentado el 29 de junio de 2011 ante el Juez de primera instancia, la demandante solicitó la elaboración de la planilla de liquidación, así como la tasación de costas y regulación de honorarios profesionales (fs. 6 a 7 vta.). Petición en virtud a la cual, se faccionó la respectiva planilla, en la que se tomó en cuenta como base el sueldo mensual de Bs6 536.-
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y sus elementos
- III.1.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.1.2.
- III.1.3. Principio de congruencia
- III.1.4. Pertinencia de las resoluciones
- III.2. Las resoluciones judiciales y sus características
- III.3. Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado
- 2)
- III.4.Administradoras de Fondos de Pensiones BBVA Previsión
- III.5.Reincorporación
- III.6.Indexación, actualización y reajuste
- III.7.Convenciones entre partes tienen valor de ley
- III.8.Análisis de caso concreto
- III.8.1. Con relación a las actuaciones del Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social ahora demandado
- III.8.2. Con relación al Tribunal de alzada
- POR TANTO