SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2013-L

Fecha: 05-Abr-2013

Fragmento 22

         Conforme con el entendimiento constitucional desarrollado en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, con la finalidad de ingresar al análisis de fondo de la presunta lesión del derecho al debido proceso que ha sido denunciada, se tiene que el accionante en audiencia de juicio oral presentó la excepción de extinción de la acción penal, por duración máxima del proceso declarada probada, por el Tribunal Segundo de Sentencia Penal mediante Auto 114/2010 de 27 de agosto, que se aduce -fue notificado a las partes en audiencia- a partir de lo cual, se computaría el plazo de tres días para la interposición del recurso de apelación incidental; y no obstante, pese a que el Banco Central de Bolivia interpuso la apelación incidental contra tal decisión el 2 de septiembre de 2010, en forma extemporánea      -fuera de plazo- los Vocales ahora demandados, a través de Auto 201 de 1 de diciembre de ese año, resolvieron devolver obrados al Tribunal a-quo, a efectos de que prosiga, la celebración de la audiencia de juicio oral hasta el pronunciamiento de la sentencia, pudiendo resolver en esa instancia la concesión de la reserva de recurrir ante una eventual apelación de la sentencia, siendo que por preclusión debió declarar inadmisible el recurso por haber sido presentado fuera del plazo legal.