SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2013-L

Fecha: 05-Abr-2013

i)

El accionante, a través de su abogado, en audiencia ratificó in extenso  los términos de la demanda y ampliándola señaló: i) El Presidente del Tribunal de Sentencia, en acto de juicio oral instalado, de conformidad a los arts. 3, 14, 345 y 346 del CPP, consultó a las partes, sobre si iban a presentar incidente o excepciones, ante lo cual, se hizo efectivas, la excepción de extinción de la acción penal y los incidentes por actividad procesal defectuosa; y; ii) Las partes, fueron notificadas con el Auto de 27 de agosto de 2010 en audiencia por lo que, el término para la apelación corría desde esa fecha, deduciendo que la presentación del recurso de apelación fue extemporánea y fuera de término.