Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2013-L
Fecha: 05-Abr-2013
II.3.
II.3. Constan en obrados: a) El acta de sesión pública de sorteo de ciudadanos, de 10 de agosto de 2010; b) El acta de constitución parcial y posterior sesión pública, de sorteo extraordinario de ciudadanos, de 16 del mismo mes y año; y, c) El acta de audiencia de constitución extraordinaria del Tribunal de 21 del mismo mes y año, por las cuales se constató la elección de los siguientes jueces ciudadanos: Juan Carlos Escobar Flores, Álvaro Ruiz Cuellar y Marcos Chipana Chalco (fs. 8 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso y sus alcances
- III.3. Del principio de la seguridad jurídica
- III.4.Sobre la validez de la notificación
- III.5. La extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo
- III.6. Sobre la apelación incidental en juicio oral
- Fragmento 22
- III.7.1. En cuanto a la presentación de la apelación interpuesta por el acusador particular (Banco Central de Bolivia)
- Fragmento 24
- III.7.2. En cuanto a la continuación de juicio, dispuesta por los Vocales demandados