Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
II.15.
II.15. La Resolución Municipal 016/2011 de “30 de marzo de 2010”, rubricada por el Presidente, Humberto Tolaba Rivera, y la Secretaria, Rosmery Méndez Velasquez, ambos del Concejo Municipal de San Lorenzo, mediante la cual, se declaró “procedente la existencia de responsabilidad administrativa de parte del procesado…” (sic), mediante la cual, se impuso la sanción de descuento del 20% de su remuneración mensual de abril, mayo, junio y julio de 2011 (fs. 51 a 55).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Legitimación pasiva de los Tribunales o entes colegiados
- debió ser dirigida contra todos los miembros de ese ente o tribunal colegiado