Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
II.8.
II.8. Consta la Resolución Municipal 002/2011 de 5 de enero de 2011, dictada por el Concejo Municipal de San Lorenzo, por la cual, se dispuso la designación de la Concejal Dolores Yaqueline Ponce López, en el cargo de Presidenta de la Comisión de Ética, “sólo para el conocimiento y substanciación del proceso administrativo interno dispuesto en contra del Alcalde Municipal de San Lorenzo Sr. Juan Carlos Gutiérrez Choque” (sic), por excusa de su titular (fs. 10 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Legitimación pasiva de los Tribunales o entes colegiados
- debió ser dirigida contra todos los miembros de ese ente o tribunal colegiado