Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2013-L

    Fecha: 10-Abr-2013

    II.18.

    II.18.  La nota HCMSL 232/2011 de 5 de mayo, firmada por el Presidente y la Secretaria del Concejo Municipal de San Lorenzo, en respuesta al memorial presentado el 21 de abril del mismo año, comunican al Alcalde Municipal, que el Pleno del Concejo Municipal por unanimidad, resolvió declarar no haber lugar a la solicitud de reconsideración planteada        (fs. 101).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • i)
    • concedió
    • Fragmento 6
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.17.
    • II.18.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
    • Legitimación pasiva de los Tribunales o entes colegiados
    • debió ser dirigida contra todos los miembros de ese ente o tribunal colegiado

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca