Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
II.3.
II.3. A través de la nota HCMSL 499/2010 de 20 de octubre, el Presidente del Concejo Municipal de San Lorenzo, advirtió al accionante sobre la asistencia de la Alcaldesa Suplente del Municipio, Rosmery Méndez Velásquez, con la finalidad de cumplir tales funciones, durante su ausencia temporal (fs. 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Legitimación pasiva de los Tribunales o entes colegiados
- debió ser dirigida contra todos los miembros de ese ente o tribunal colegiado