SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2013-L

Fecha: 15-Abr-2013

La segunda fase, esto es el desarrollo de la etapa preparatoria, empieza con la imputación formal

2)La segunda fase, esto es el desarrollo de la etapa preparatoria, empieza con la imputación formal (art. 301.1 y 302 CPP), y representa el inicio del proceso penal. Los supuestos e), 3) y 4), que acoge el art. 301 no hacen al desarrollo de la Etapa Preparatoria, pues son opciones alternativas a la imputación formal.

A partir de ello, y por ser de interés para el análisis del caso concreto, únicamente para fines didácticos corresponde abocarse al desarrollo de la primera fase de la etapa preparatoria, referida a los actos iniciales o de investigación preliminar, comprendidos en la normativa penal adjetiva a partir del art. 284, que comienza con la presentación de la denuncia, querella o a partir que la Fiscalía o Policía asumen conocimiento sobre la comisión de un delito.