Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2013-L
Fecha: 13-May-2013
Fragmento 3
Ximena Karen Michel Herrera por intermedio de su abogado, ratificó la acción planteada y señaló que si el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, consideró que se había llevado un procedimiento contrario a la ley debió anular todo el proceso, además que ha sido sumariada por una autoridad que no era la correcta, se violó la ley, los procedimientos, los reglamentos y los jueces naturales que debían conocer la acción, por tanto se generó un procedimiento nulo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”.
- 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así: a) Cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados y
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR