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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2013-L

    Fecha: 28-May-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • si bien la interpretación de la legalidad ordinaria debe ser labor de la jurisdicción común, corresponde a la justicia constitucional verificar si en esa labor interpretativa no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico, entre ellos, los de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad, jerarquía normativa y debido proceso
    • III.3.   Las excepciones previstas en el Código Procesal del Trabajo
    • solo se admiten las siguientes excepciones
    • III.4.   El rol del Juez y la vigencia de los principios del Derecho Laboral en la resolución de las causas judiciales
    • 3.  Imparcialidad
    • 13. Cultura de la Paz
    • Libre apreciación de la prueba
    • informadora
    • Las autoridades sean estas judiciales o administrativas dentro de su competencia, al emitir sus determinaciones sean autos, resoluciones, sentencias, etc., inexcusablemente deben contener la debida fundamentación y motivación del por qué llega a dicha conclusión, garantizando así el debido proceso
    • cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos
    • III.6.  El recurso de apelación y el principio de congruencia
    • delimitar el campo de acción de las partes y del órgano jurisdiccional en la que condiciona su desenvolvimiento
    • entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto;
    • III.7.  El derecho a la defensa y su alcance
    • III.8.  La tutela judicial efectiva como garantía constitucional
    • III.9.
    • la falta de acción
    • 1º  CONFIRMAR
    • 2º  DENEGAR

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