SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2013

Fecha: 03-Jun-2013

II.1.

II.1.  Mediante Auto Interlocutorio simple de 24 de mayo de 2001, el Juez Noveno de Partido en lo Civil del departamento de Cochabamba, ordenó la producción de la prueba pericial ofrecida por la parte demandada, invocando el art. 378 del CPC, en razón que el periodo de prueba feneció el 22 de mayo de 2001 y concedió cinco días para su presentación, computable a partir de la saca del expediente, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato por excesiva onerosidad seguido por Jorge Llosa Tejada y María Susana Maritza Lila Rivero  de Llosa contra Industrias Venado S.A. (fs. 18 vta.).