SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2013
Fecha: 11-Jun-2013
1)
Ana Adela Quispe Cuba y Javier Medardo Serrano Llanos, Presidenta y Magistrado, respectivamente, de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, por informe presentado cursante de fs. 510 a 513, señalaron que: 1) Rosa Caro Delgadillo Vda. de Vargas impugnó en Recurso de Casación en el fondo y forma contra el Auto de Vista 171/2012 de 14 de junio y Auto complementario de 13 de agosto de 2012, que confirmó la Sentencia 06/2011 y Auto Definitivo de 13 de abril de 2010, habiendo emitido el Auto Supremo 535/2012; 2) Respecto a la casación en la forma, declaró improcedente por ausencia de técnica recursiva, sobre el fondo en relación a la valoración de prueba, examinaron excepcionalmente las que no fueron consideradas por el Tribunal de alzada a objeto de establecer si hubo o no infracción; 3) Del Informe Pericial, designado de oficio, pronunciado por la Dirección de Regulación y Administración Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, valoración de prueba, Inspección Judicial, ratificaron y confirmaron que el lote reclamado en reivindicación corresponde al mismo lote de la demandada; es decir, estarían superpuestos; 4) Se determinó mejor derecho propietario a partir del antecedente dominial desde la transferencia realizada por los esposos Fernando Bejarano y Máxima Limachi a Margarita Delgadillo quien inscribió primero su derecho, así como a Alicia Amonzabel de Cárdenas sobre el mismo inmueble, quien inscribió su derecho con posterioridad; y, 5) Casaron parcialmente el Auto de Vista 171/2012 de 14 de junio, declarando improbada la demanda de reivindicación interpuesta por Florencio Tufiño Puma y probada la excepción de falta de acción y derecho, toda vez que se determinó el derecho propietario de la demandada Rosa Caro Delgadillo Vda. de Vargas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- conceda
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del debido proceso, su alcance y protección
- III.3.1. El derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3.2. De la valoración razonada de la prueba
- III.3.3. Del principio de congruencia
- III.4. Sobre el principio de legalidad
- III.5. Calificación del proceso y establecimiento de la relación procesal
- III.6. De la acción de reivindicación
- III.