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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2013

    Fecha: 11-Jun-2013

    II.9.

    II.9.  El 14 de junio de 2012, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de Vista 171/2012, confirmando la “Sentencia N° 068/2011 de 19 de marzo” y el Auto Definitivo de 13 de abril de 2010, denegando la concesión del recurso de apelación en efecto diferido (fs. 461 a 466 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
    • conceda
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1.   La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • III.3. Del debido proceso, su alcance y protección
    • III.3.1. El derecho a la fundamentación y motivación de las       resoluciones
    • III.3.2. De la valoración razonada de la prueba
    • III.3.3. Del principio de congruencia
    • III.4. Sobre el principio de legalidad
    • III.5. Calificación del proceso y establecimiento de la relación procesal
    • III.6. De la acción de reivindicación
    • III.

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