Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
Gonzalo Varnoux, representante del Ministerio Público, manifestó que las Resoluciones impugnadas emergieron de la denuncia efectuada por el Contralor Departamental de Chuquisaca, quien en cumplimiento de la “Ley Financial 2010”, en su art. 20 inc. j) denunció a varios funcionarios de la UMRPSFXCH por el tema de incompatibilidades por parentesco de consanguinidad, encontrándose el accionante en esa lista de denunciados se le siguió el respectivo proceso, en el que se emitieron las resoluciones referidas, las cuales en ningún momento han vulnerado derechos o garantías constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- IMPROCEDENTE”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Aplicación en el tiempo de la Constitución Política del Estado
- III.4. De la incompatibilidad laboral por relación de parentesco y vínculo matrimonial en la función pública
- Fragmento 25
- III.7.Del concepto de servidor público
- III.8. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR