SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

II.2.

II.2.  Por oficio GDCH/GSL-OF/04/2010 de 12 de abril, el Gerente Departamental de Chuquisaca de la Contraloría General del Estado, dirigido al Rector y Autoridad Sumariante de la UMRPSFXCH, indicó que los servidores públicos, cuyos nombres y apellidos se detallan en el Anexo 1, adjunto a dicho oficio, contravinieron los arts. 10 y 12.2 del Código de Ética de la Universidad. Asimismo, vulneraron, respectivamente, el numeral X del art. 3 de la Ley del Presupuesto General de la Nación de la gestión 2008 y numeral X del art. 15 de la Ley del Presupuesto General de la Nación de la gestión 2009. En consecuencia, en virtud del art. 29 de la Ley 1178 que establece que la responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público; siendo dichos instrumentos normativos el Código de Ética de la Universidad y las Leyes del Presupuesto General de la Nación de las gestiones 2008 y 2009, por lo que, en mérito a los arts. 28, 29, 44 de la Ley 1178 y 15 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado por Decreto Supremo (DS) 23318-A, interpuso dicha denuncia, solicitando la apertura de proceso administrativo en contra de todos los servidores públicos de la UMRPSFXCH incluidos en el referido anexo. En el mismo que se encuentran consignados los nombres del accionante y su hermano, Carlos Alfonso Vargas Salinas (5 a 8 vta.).