SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

III.4. De la incompatibilidad laboral por relación de parentesco y vínculo matrimonial en la función pública

         El art. 233 de la misma Norma Suprema, prescribe: “Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento”.

         Por su parte, la Ley del Presupuesto General del Estado de la Gestión 2010, en su art. 20 inc. j) (vigente por el art. 41 de la Ley 062 de 28 de noviembre de 2010 “Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2011”) señala: “Ningún servidor público o servidora pública, podrá ejercer funciones en la misma entidad, cuando exista vinculación matrimonial, unión libre de hecho o grado de parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad”.