SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

II.11.

II.11.Norma Velasco Mosquera presentó recurso de revocatoria con el argumento que se instauró proceso administrativo en su contra por la presunta vulneración de los numerales 2 y 5 del art. 235 de la CPE, con relación al punto 4.5 de la cláusula cuarta del Convenio de Servicios suscrito entre AASANA y BOA, relacionando la norma general a la norma específica; que sin embargo, se determinó responsabilidad administrativa solamente  por vulneración de los numerales 2 y 5 del art. 235 de la CPE, se dejó establecido que no podía determinarse la responsabilidad por la contravención al citado punto 4.5, pues el convenio ya no se encontraba vigente, que la denuncia se basó en tales puntos y no en los preceptos constitucionales, que de ninguna manera puede utilizarse las normas constitucionales para imponer sanciones en un caso de tipo administrativo y que fue sancionada a treinta días hábiles que en los hechos son cuarenta y cinco días, cuando el art. 29 de la LACG, dispone suspensión hasta un máximo de treinta días (fs. 161 a 163).