SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

II.13.

II.13.Interpuesto el recurso jerárquico por Norma Velasco Mosquera, con los mismos argumentos del recurso de revocatoria (fs. 180 a 185); mediante RM 321 de 26 de octubre de 2010, se confirmó la RA de recurso de revocatoria SAI-ALP7RR014/2010, con el fundamento que el art. 13 del DS 23318-A, determina que la responsabilidad administrativa emerge de la contravención del  ordenamiento  jurídico administrativo y de las normas que regulan la conducta del servidor público, en tal sentido, resulta por demás clara la validez de exigir el cumplimiento de las disposiciones que norman la conducta del servidor público; especialmente, si éstas se encuentran contenidas en la Constitución Política del Estado, resulta un contrasentido el argumento de la accionante, que las disposiciones constitucionales escapan de las normas adjetivas que permiten exigir su cumplimiento, como si las determinaciones constitucionales configurasen únicamente una declaración de buenas intenciones.

Haciendo referencia a los treinta días hábiles de sanción, señaló que el art. 29 de la LACG, establece que la suspensión será de hasta un máximo de treinta días, que es claro que la suspensión comprende únicamente los días hábiles porque de lo contrario no se verificaría una verdadera suspensión, que la  recurrente no justificó jurídicamente el por qué se le debía imponer la sanción en días calendario.

Respecto al rechazo del Manual de Cargos, presentado como prueba de descargo, no resulta relevante para la resolución del proceso administrativo instaurado contra la recurrente -ahora accionante-, por no ser específico, en consideración a que las contravenciones cometidas por la misma, contenidas en las disposiciones normativas adjetivas que dieron lugar al inicio del proceso sumario administrativo interno de ninguna manera se encuentran subordinadas a la normativa interna de la entidad (fs. 207 a 212); notificada a la accionante el 1 de noviembre de 2010 (fs. 213).