Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0933/2013-L
Fecha: 26-Ago-2013
II.8.
II.8. Cursa nota interna NI/DGE/DDAC/2010-0083, I/2010-17346, emitida por el Director de Derechos de Autor y Derechos Conexos del SENAPI, mediante la cual se remitió el recurso jerárquico presentado por Rene Marcelo Hurtado Sandoval en representación de Illimani de Comunicaciones S.A., contra el registro obtenido por Thomas Gerald Frías Pradel, para su obra literaria “LA OTRA NOTICIA - LUNA NUEVA”, acompañando al mismo el recurso de revocatoria interpuesto, así como el expediente de conciliación caratulado Frías contra Hurtado (fs. 34).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.2. Normativa aplicable al caso
- Artículo 52°.-
- Fragmento 22
- III.3. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- En consecuencia, para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte accionante, debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos
- III.4. Análisis del caso concreto
- por vía de conciliación o arbitraje
- CONFIRMAR