SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2013

Fecha: 12-Ago-2013

i)

i)     La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, emitió el Auto Supremo 209/2012-RA, y lo hizo en observancia del art. 398 del CPP, concordante para el caso analizado, con el art. 417 del mismo cuerpo normativo que señala los requisitos que deben observarse a tiempo de interponerse el recurso de casación;

i)   Por la prueba adjunta por el recurrente se advierte, que Daniel Vargas Avilés ha sido procesado por el delito de abuso deshonesto contra dos menores de edad y que por fallo de primera instancia dictada el 8 de diciembre de 2011, se declara al ahora accionante culpable de la comisión del citado ilícito; decisión contra la cual se interpone recurso de apelación restringida, en la cual además se incluye la solicitud de extinción de acción penal por duración máxima del proceso, petición que fue rechazada por Auto de Vista 120/2012; decisión que es impugnada mediante recurso de casación, mecanismo declarado infundado mediante Auto Supremo 209-2012-RRC; y,

Ahora bien, en mérito al objeto y causa de la presente acción de tutela, con la finalidad de desarrollar una coherente argumentación jurídico-constitucional, este fallo desarrollará las siguientes problemáticas: i) El control tutelar de constitucionalidad y el resguardo a los derechos fundamentales; ii) La acción de amparo constitucional contra sentencias judiciales; y, iii) El principio de congruencia como elemento del debido proceso.