SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2013

Fecha: 12-Ago-2013

se configura como un presupuesto de las reglas del debido proceso adjetivo y que en el marco del derecho a la doble instancia, genera para las autoridades jurisdiccionales, el deber de compulsar el objeto y causa de la impugnación, circunscribiendo el análisis a la decisión jurisdiccional cuestionada y a los agravios o aspectos denunciados a través del mecanismo procesal específico de defensa activado.

En este acápite, es imperante desarrollar el principio de congruencia, el cual se configura como un presupuesto de las reglas del debido proceso adjetivo y que en el marco del derecho a la doble instancia, genera para las autoridades jurisdiccionales, el deber de compulsar el objeto y causa de la impugnación, circunscribiendo el análisis a la decisión jurisdiccional cuestionada y a los agravios o aspectos denunciados a través del mecanismo procesal específico de defensa activado.