SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1478/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1478/2013

Fecha: 22-Ago-2013

la acción de amparo constitucional a través de la cual puede controlarse las relaciones entre los particulares, poniendo freno a aquellos actos arbitrarios en los que se tengan como consecuencia la lesión de derechos fundamentales.

Las líneas precedentes permiten referir que no corresponde en un Estado Constitucional de Derecho, como es el caso boliviano, cerrar los ojos frente a los excesos y arbitrariedades en los que pudieran incurrir los particulares al relacionarse, trátese de personas naturales o jurídicas de carácter privado. La vigencia normativa de la Constitución Política del Estado y su irradiación en todas las relaciones no sólo con el Estado sino en la sociedad en su conjunto obliga activar los mecanismos que el mismo Constituyente ha instituido para la protección de los derechos fundamentales con relación a los actos y omisiones provenientes de las autoridades y servidores públicos, entre ellos, la acción de amparo constitucional a través de la cual puede controlarse las relaciones entre los particulares, poniendo freno a aquellos actos arbitrarios en los que se tengan como consecuencia la lesión de derechos fundamentales.