Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2014
Fecha: 03-Ene-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Estiman como lesionados sus derechos a la defensa, a la vivienda, a no ser condenados sin haber sido oídos y juzgados previamente en un debido proceso, citando al efecto los arts. 13, 19, 116.IV, 117 y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos 2.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. La legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- suspende el plazo de seis meses para interponer la acción
- 14 de enero de 2013
- concedido en parte
- 1º CONFIRMAR