SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2014-S3

Fecha: 08-Oct-2014

II.5.

II.5.  Informe de 20 de diciembre de 2011, efectuado por el Oficial de Diligencias, que entre otros indica: “…NO EXISTIÓ ERROR EN LA EJECUCIÓN DEL MANDAMIENTO DE DESAPODERAMIENTO DE FECHA 25 DE MARZO DE 2011, toda vez que con carácter previo mi persona notificó con anteriores autos de fs. 205 vta., fs. 234, fs. 239 vta., que ordenan el desapoderamiento del bien inmueble…” (sic) (fs. 83 a 84). Asimismo, se arrimó acta de audiencia de inspección ocular, de 23 de mayo de 2012, en cuya oportunidad el apoderado de la accionante realizó una intervención activa sobre la ubicación del inmueble adjudicado (fs. 106 a 107 vta.).