SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2014-S3

Fecha: 24-Nov-2014

II.9.

II.9.    A través del proveído de 21 de octubre de 2013, la Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT de La Paz, de conformidad al art. 204.I de la Ley 3092, desestimó la solicitud de aclaración y complementación, con el argumento de que la misma no consignaba la firma del ahora accionante en representación de la Agencia Despachante de Aduana Pirámide, asimismo determina que la Abogada patrocinante no es apoderada ni representante legal (expediente ARIT-ORU-0084/2013) (fs. 81).