SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2014-S3

Fecha: 24-Nov-2014

las partes podrán solicitar la corrección de cualquier error material, la aclaración de algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial o que se supla cualquier omisión en que se hubiera incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas

Igualmente, en ese sentido el art. 24 del DS 27241, de Procedimientos de los Recursos Administrativos ante la entonces Superintendencia Tributaria, ahora AIT, sobre la rectificación y aclaración de las resoluciones, prevé que: “Dentro del plazo fatal de cinco (5) días, a partir de la notificación con la resolución que resuelve el Recurso, las partes podrán solicitar la corrección de cualquier error material, la aclaración de algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial o que se supla cualquier omisión en que se hubiera incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas.