Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2014
Fecha: 21-Feb-2014
a)
La accionante en audiencia, ratificó los términos expuestos en su demanda, y amplió que: a) Se revisen las representaciones efectuadas ya que la mismas son contradictorias, toda vez que indican que el inmueble no existe y contradictoriamente otra de las representaciones señala que el domicilio existiría pero que no fue habida; b) No fue notificada con la Vista de Cargo, actuación primordial para que ejerza su derecho a la defensa; c) Realizó en tres oportunidades el cambio de domicilio, aspecto que informó en 1999.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- deniega
- pro actione
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- Fragmento 16
- III.2.
- 4. Todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria.”
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.4 Análisis del caso concreto
- “denegar”
- CONFIRMAR