SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2014
Fecha: 21-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia la lesión de su derecho al debido proceso, en su elemento de la igualdad procesal de la partes, la presunción de inocencia, la comunicación previa de la acusación, a la defensa material, técnica y a la concesión del inculpado del tiempo y medios para su defensa; y, los principios constitucionales de la Seguridad Jurídica, y los que rigen los procedimientos administrativos, toda vez que habiendo planteado la nulidad del procedimiento de fiscalización, en el que se emitió la Orden de fiscalización 1859, la Vista de Cargo VC-GDC/DF/VI-IA/287/2004 de 20 de agosto y la Resolución Determinativa VC-GDC-DF/VI-IA/ 155/2004 de 11 de noviembre por no haber sido notificadA con las referidas resoluciones en su domicilio fiscal, sino a través de edictos, la autoridad demandada, no consideró las evidentes contradicciones e irregularidades en las representaciones efectuadas por funcionarios que procedieron a su notificación con dichos actos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- deniega
- pro actione
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- Fragmento 16
- III.2.
- 4. Todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria.”
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.4 Análisis del caso concreto
- “denegar”
- CONFIRMAR