Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2014
Fecha: 21-Feb-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante, denuncia la lesión de su derecho al debido proceso, en su elemento de la igualdad procesal de la partes; a la presunción de inocencia, a la comunicación previa de la acusación, a la defensa material y técnica y a la concesión del inculpado del tiempo y medios para su defensa; y, los principios constitucionales de la seguridad jurídica, y aquellos que rigen los procedimientos administrativos, citando al efecto los arts. 115.II, 232 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- deniega
- pro actione
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- Fragmento 16
- III.2.
- 4. Todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria.”
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.4 Análisis del caso concreto
- “denegar”
- CONFIRMAR