Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.2
II.2. Conforme el Acta de embargo 0002, a horas. 10:23 del 10 de mayo de 2013, en cumplimiento del acta de embargo de 17 de abril de similar año, dentro del proceso de ejecución tributaria seguido contra la ahora accionante, se procedió al embargo de su bien inmueble ubicado en la zona Irancollo, calle Irancollo entre Santa Cruz y Suárez Miranda de la provincia de Quillacollo (fs. 240 anexo 3)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- deniega
- pro actione
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- Fragmento 16
- III.2.
- 4. Todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria.”
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.4 Análisis del caso concreto
- “denegar”
- CONFIRMAR