SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2014

Fecha: 21-Feb-2014

II.1.

II.1. Por mandamiento de embargo 0002 de 17 de abril de 2013, el Gerente Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales, autoridad ahora demandada, ordenó “A cualquier servidor Público de la Unidad de Cobranza Coactiva y/o autoridad competente hábil, y no impedida por ley de este Departamento a trabar embargo sobre las acciones y derechos que corresponden a la propietaria sobre el bien inmueble ubicado en la Zona Ironcollo (calles Ironcollo entre Santa Cruz y Suarez Miranda Norte) de la Provincia de Quillacollo” (sic), a nombre de la Emma López Pillco, “…dentro de los siguientes procesos en ejecución tributaria: a) Resolución Determinativa N° VC-GDC/DF/VI-IA/155/JJ/2004  de 11/11/004 con numero de ejecución tributaria UET.PET N° 243/2004 de 23/12/2004 por Bs. 134.471 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO 00/100 BOLIVIANOS), b) Resolución Determinativa N° VC-GDC/DF/VI-IA/86/2006 de 13/10/2006, con numero de ejecución tributaria UET.PET. N° 861/2006 de 26/12/2006 por Bs. 21.804.- (VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS CUATRO 00/100 BOLIVIANOS); c) Resolución Sancionatoria N° 258/06 de 24/05/2006, con numero de ejecución tributaria UET.PET N° 505/2006 de 08/08/2006 por UFV´s 1.000 (Un mil Unidades de Fomento a la Vivienda)…” (sic) (fs. 239 del anexo 3)