Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.2.
II.2. Por Testimonio 1787/2011 de 24 de mayo, el Banco Bisa S.A. transfirió en venta real y enajenación perpetua a Franklin Lijerón Paz, el predio denominado “El Trapiche” Parcela 1, ubicado en el cantón Cotoca, camino a Monte Cristo, Provincia Andrés Ibañez del departamento de Santa Cruz, con una superficie de 189 737 m2 e inscrito en DD.RR bajo la matrícula computarizada 7.01.2.01.0002496 (fs. 26 a 30 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3 Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- III.3. En cuanto al derecho a la propiedad
- Fragmento 24
- III.4. Sobre las medidas de hecho
- o los mismos no los desvirtúen en forma debida, tendrá que concederse la tutela
- denuncie afectación al derecho a la propiedad
- III.5. Sobre los avasallamientos de propiedad, los demandados y terceros interesados
- vulneración del derecho a la propiedad sea por avasallamientos, la identificación a los demandados se la realice de acuerdo a las posibilidades del accionante
- III.6. Análisis d
- CONFIRMAR en todo