SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2014

Fecha: 12-May-2014

b)

         b) “…respecto a la verificación in situ solicitada por el sujeto pasivo, como medio para establecer la vinculación de las facturas con la actividad del contribuyente, nótese que la sola observación de la estación de servicio no aporta certeza respecto a las adquisición y uso de las bolsas de cemento detalladas en cada una de las facturas, ni se puede establecer la realización del servicio de transporte en los periodos que fueron emitidas las notas fiscales, por lo que estos argumentos no tienen sustento legal, considerándose como manifiestamente inconducentes, meramente dilatorias y superfluas, no correspondiendo su valoración conforme dispone el numeral 1 del artículo 81 de la Ley 2492 (CTB)