SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2014

Fecha: 12-May-2014

v)

         v) “…respecto del segundo requisito (que la transacción haya sido efectivamente realizada) esta instancia  recursiva puede advertir que el recurrente, a pesar de la documentación solicitada, la adicionada en la etapa de descargos de la Vista de Cargo (…) no pudo desvirtuar o más bien, comprobar la fehaciente realización de las transacciones observadas a través de registros contables y documentación de respaldo de las operaciones realizadas en los periodos respectivos… el recurrente no presenta pruebas documentos y elementos suficientes, que logren demostrar fehacientemente la realización de las transacciones…”;