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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2014

    Fecha: 10-Jun-2014

    II.8.

    II.8.    Por Auto 351 de 11 de octubre de 2012, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, aprobó la liquidación con excepción de las costas y honorario profesional, incluida en la misma, a su vez conminó a la parte demandada a realizar los depósitos correspondientes a la liquidación aprobada en el plazo de tres días (fs. 354 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • “improcedente”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2.  La interpretación de la legalidad ordinaria facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
    • III.3   La valoración de la prueba, facultad privativa a la jurisdicción  ordinaria
    • principio
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • III.5.2.   Con relación a la supuesta omisión e incorrecta valoración de la prueba cursante en obrados
    • III.5.3.   En cuanto a la vulneración del principio de seguridad jurídica
    • CONFIRMAR

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