SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2014

Fecha: 10-Jun-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa, la “seguridad jurídica” y acceso pleno a la justicia consagrados en los arts. 115.I y II, de la CPE, alegando que dentro del proceso ejecutivo seguido por la empresa Gladymar S.A. contra la empresa inmobiliaria Casa de Campo S.A. representada por Elizabeth Jannone de Saucedo, se adjudicó el bien inmueble rematado, sin embargo la parte “demandada”, sin cumplir con el pago de lo adeudado costas y honorarios profesionales pretendiendo el sobreseimiento previsto en el art. 541 del CPC,  apeló del Auto 364 de 18 de octubre de 2012, dictado por el Juez de la causa, que aprobó el remate en su favor y dejó sin efecto la conminatoria de pago, y la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 97 de 15 de febrero de 2013, con una interpretación y aplicación errada de los arts. 541 del CPC y 17 de la LOJ, con una valoración incorrecta de la prueba cursante en expediente, anuló obrados hasta que se le notifique a la demandada con el Auto 351 de 11 de octubre de 2012.