SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1559/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1559/2014

Fecha: 01-Ago-2014

1)

El abogado del accionante, a tiempo de ratificar la acción de amparo constitucional presentada, señaló: 1) El accionante es una persona de la tercera edad que ha vivido por más de veinte años fuera del país, y con la intención de retornar, el 19 de septiembre de 2012, hizo el embarque de menaje doméstico, producto de veinte años de trabajo en los Estados Unidos de Norteamérica; 2) Cuando llegó a territorio boliviano, fue sorprendido con una resolución administrativa de abandono, por lo que presentó solicitud de aclaración y complementación haciendo notar este error de buena fe a la administración, con relación a que la Ley 317 no podía ser aplicada retroactivamente y adicionalmente se aclare el hecho de que se trataba de menaje doméstico, que hace a la vida digna de un ser humano; sin embargo, fue respondido con un “no ha lugar”, que implica que en sede administrativa se estaría procediendo a la extinción de dominio de bienes propios del accionante; y,