SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1559/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1559/2014

Fecha: 01-Ago-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala que se han lesionado sus derechos a la propiedad privada, el principio de seguridad jurídica, al debido proceso, a la defensa, a la “garantía de no confiscatoriedad”, a la doble instancia, a la presunción de inocencia, a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, por haber emitido el Auto de Anulación de 10 de julio de 2013, mismo que resolvió anular el Auto de Admisión de su recurso de alzada por el cual alegó, entre otros argumentos, que la Resolución Administrativa AN-GRLPZ-LAPLI/224/2013, emitida por la Administración Aduanera, le fue notificada en Secretaría, cuando correspondía su notificación personal; asimismo, que la “aplicación retroactiva” de la Ley 317 efectuada en la referida Resolución Administrativa no corresponde en virtud al principio de irretroactividad de la ley.