Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1816/2014
Fecha: 19-Sep-2014
II.1.
II.1. Por Auto de 19 de abril de 2010, el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba -hoy codemandado-, declaró la quiebra de la comerciante, Guadalupe Victoria Monje Echave -actualmente accionante-, adoptando como medida precautoria, entre otras, el arraigo de la mencionada, a quien le prohíben ausentarse de la ciudad y del país. Se notificó a la accionante con dicho fallo, el 24 del mismo mes y año a horas 11:30 (fs. 37 a 38).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- por lo expuesto se RECHAZA la solicitud de DESARRAIGO formulada por GUADALUPE VICTORIA MONJE ECHAVE
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Prohibición de restricción de la libertad de locomoción por deudas patrimoniales
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- correspondiendo en este caso, disponer el cese inmediato de dicha medida restrictiva de libertad de locomoción
- REVOCAR