SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015-S1
Fecha: 29-Ene-2015
Fragmento 34
De acuerdo al informe requerido a la Policía Boliviana, dicha instancia remitió respuesta, mediante oficio 25/2014 de 28 de febrero de 2014, suscrita por Gonzalo Hugo Saavedra Aguirre, Comandante del Distrito Policial 3, señalando que se dio cumplimiento al memorándum 0368/2013, emanado por el Comando Policial de El Alto, que a su vez obedece al memorándum 805/2013, emitido por el Departamento de Planeamiento y Operaciones del Comando Departamental de La Paz, en consideración a la nota presentada por la jurisdicción indígena originaria campesina, para realizar servicios de orden y seguridad a la comunidad de Santa Ana, para el 27 de agosto de 2013, por lo que se constituyó al mando de Alan Miller Quiquijana Díaz, con 20 efectivos para resguardar el orden y seguridad de las autoridades de la comunidad que iban a realizar desalojo y demolición de una casa que fue construida en área verde (cancha de futbol) en propiedad de la citada comunidad. Asimismo remitió informe 015/2014 de 7 de marzo, de la Notaria de Primera Clase 14, Leslie Santa Cruz Wischart, en la que refiere que se encuentra en archivos a su cargo la escritura pública 413 de 15 de diciembre de 1983, tratándose sobre la escritura de aclaración de derecho propietario rural que hace la comunidad de “Santa Ana”, representado por Francisco Vía Mamani, en favor de Pedro Vega Vega e Isidora Lucero de Vega, asignando 14 parcelas signado con el número 50 con una superficie de 22,2002 ha.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- Identidad cultural e idioma
- Cosmovisión y espiritualidad
- Creación del Consejo de Justicia de la comunidad Santa Ana
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección
- Fragmento 26
- III.2. La complementariedad de los principios de la justicia plurinacional de Bolivia
- III.3. Ejercicio de justicia indígena originaria campesina y resguardo de los derechos fundamentales entorno al paradigma del vivir bien
- Fragmento 29
- resignificar constantemente el contenido de los derechos para cada caso concreto
- La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originario campesina gozarán de igual jerarquía
- III.5. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 33
- Fragmento 34
- Fragmento 35