SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2015-S3

Fecha: 29-Oct-2015

debe denegarse la tutela respecto a la problemática analizada.

En ese orden, se tiene que conocida la sustitución de la medida cautelar de detención preventiva e impuestas las medidas sustitutivas por Resolución 135/2015 ut supra señalada, el accionante obviando el derecho a recurrir -a través del recurso de apelación incidental previsto en el art. 251 del CPP- solicitó expresamente “día y hora de audiencia de modificación de medidas sustitutivas” (sic), que fue tramitada y resuelta por la Jueza de la causa, emitiéndose Resolución 165/2015; actuación procesal que impide a esta jurisdicción emitir pronunciamiento sobre el acto lesivo denunciado relativo a la emisión de la Resolución 135/2015, al haber sido dicha Resolución y consecuentemente la situación jurídica del imputado, reconsiderada a partir de la solicitud de modificación de medidas sustitutivas y el pronunciamiento de la respectiva Resolución por la Jueza hoy demandada; no pudiéndose revisar vía proceso constitucional, actuaciones jurisdiccionales que ya fueron objeto de consideración y resolución por la jurisdicción ordinaria, a partir de la solicitud expresa de modificación del accionante; por lo que, debe denegarse la tutela respecto a la problemática analizada.