SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2015-S3

Fecha: 29-Oct-2015

por lo que, corresponde denegar la tutela solicitada.

En este sentido, se puede afirmar que la extrañada respuesta a su solicitud “disponga mi inmediata libertad” (sic), fue efectivamente resuelta por la Jueza demandada mediante Resolución 186/2015 de 5 de mayo, -en la misma de data de presentación de la acción de libertad objeto de revisión-, en consecuencia deviene la alegación del accionante en insubsistente por la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, que inhibe pronunciamiento alguno de ésta jurisdicción constitucional, al haber sido cumplido el acto reclamado; por lo que, corresponde denegar la tutela solicitada.