SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2015-S3

Fecha: 29-Oct-2015

por lo que debe denegarse la tutela.

Ahora bien, es necesario dejar establecido que la solicitud del accionante que implica intrínsecamente la formulación de una excepción de extinción de la acción penal -conforme al trámite que se le proporcionó-, no puede ser acogido por esta acción tutelar, toda vez que el acto lesivo denunciado no resulta ser la causa directa de la privación de libertad, no concurriendo los presupuestos exigidos para la activación de la acción de libertad por procesamiento ilegal o indebido (SC 0619/2005-R de 7 de junio), por lo que debe denegarse la tutela.