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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2015-S2

    Fecha: 13-Nov-2015

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    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la persona que se crea afectada,
    • entre los requisitos formales que se deben cumplir a tiempo de formular las acciones de amparo constitucional se encuentra la obligación de acreditar la personería del accionante
    • III.2.
    • documento inscrito el 28 de junio de 1965 entre la empresa ZELLER DE MUZER y CIA. Y el SINDICATO AGRARIO LAS BARRERAS
    • 21 DE ABRIL DE 2010
    • empero, ninguno de ellos forma parte de los propietarios y miembros del Sindicato Agrario “Las Barreras”, cuyos derechos se registraron en el año 1965
    • el accionante no tiene legitimación activa como agraviado directo.
    • en cuanto a su legitimación como apoderado
    • no figuran los supuestos actuales socios y poderdantes del accionante
    • III.3.
    • en base a dicha compra
    • REVOCAR en todo

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