SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

no figuran los supuestos actuales socios y poderdantes del accionante

Entonces, ante la insuficiencia del poder que acredite la representación del accionante a nombre de sus mandantes, y la duda respecto a la situación legal de los mismos respecto a la demostración respecto a qué título dicen ser miembros del Sindicato Agrario “Las Barreras” si su nombre no figura en el documento constitutivo de derecho de 1965, este Tribunal Constitucional Plurinacional, no puede ingresar al análisis de lo denunciado por el accionante Horacio Rivero Arias; a ello se añade que en obrados se encuentra el formulario de derechos reales de 6 de enero de 2012, en cuya nómina de “propietarios de las casas de Barreras con más sus tierras” (sic) (fs. 5 y vta.), en el cual no figuran los supuestos actuales socios y poderdantes del accionante, y no hay explicación jurídica de cómo es que hoy dicen ser socios.

A lo que se añade lo indicado por Zenón Rojas Guzmán y María Ana Flores Torres, en el punto II.9 de las Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en sentido de que el accionante y otras personas, hubieran avasallado su predio sin considerar que lo han comprado y que además es ajeno a la litis, fuera del predio de “Las Barreras”; y que tiene conocimiento de que el nombrado accionante y sus supuestos mandantes no son propietarios ya que hubiesen cometido fraude para inscribir incluso ciertos nombres en registros públicos de Derechos  Reales.