SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
no figuran los supuestos actuales socios y poderdantes del accionante
Entonces, ante la insuficiencia del poder que acredite la representación del accionante a nombre de sus mandantes, y la duda respecto a la situación legal de los mismos respecto a la demostración respecto a qué título dicen ser miembros del Sindicato Agrario “Las Barreras” si su nombre no figura en el documento constitutivo de derecho de 1965, este Tribunal Constitucional Plurinacional, no puede ingresar al análisis de lo denunciado por el accionante Horacio Rivero Arias; a ello se añade que en obrados se encuentra el formulario de derechos reales de 6 de enero de 2012, en cuya nómina de “propietarios de las casas de Barreras con más sus tierras” (sic) (fs. 5 y vta.), en el cual no figuran los supuestos actuales socios y poderdantes del accionante, y no hay explicación jurídica de cómo es que hoy dicen ser socios.
A lo que se añade lo indicado por Zenón Rojas Guzmán y María Ana Flores Torres, en el punto II.9 de las Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en sentido de que el accionante y otras personas, hubieran avasallado su predio sin considerar que lo han comprado y que además es ajeno a la litis, fuera del predio de “Las Barreras”; y que tiene conocimiento de que el nombrado accionante y sus supuestos mandantes no son propietarios ya que hubiesen cometido fraude para inscribir incluso ciertos nombres en registros públicos de Derechos Reales.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la persona que se crea afectada,
- entre los requisitos formales que se deben cumplir a tiempo de formular las acciones de amparo constitucional se encuentra la obligación de acreditar la personería del accionante
- III.2.
- documento inscrito el 28 de junio de 1965 entre la empresa ZELLER DE MUZER y CIA. Y el SINDICATO AGRARIO LAS BARRERAS
- 21 DE ABRIL DE 2010
- empero, ninguno de ellos forma parte de los propietarios y miembros del Sindicato Agrario “Las Barreras”, cuyos derechos se registraron en el año 1965
- el accionante no tiene legitimación activa como agraviado directo.
- en cuanto a su legitimación como apoderado
- no figuran los supuestos actuales socios y poderdantes del accionante
- III.3.
- en base a dicha compra
- REVOCAR en todo