DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“Artículo 24. Requisitos y elección de Miembros.

“Artículo 24. Requisitos y elección de Miembros. Los requisitos para ser concejal (a) son: a) Tener nacionalidad Boliviana; b) Ser mayor de edad, igual o mayor a 18 años; d) No tener pliego de cargo judicial; e) Residir en el municipio al menos durante los dos años anteriores; f) Haber cumplido con el servicio militar obligatorio, en caso de varones; g) Ser postulado por una organización civil o política acreditada por el Órgano Electoral Plurinacional”.