DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2015

Fecha: 16-Dic-2015

I.

I. El número de Concejales del Municipio es de cinco Concejales. En el caso de crecimiento poblacional el número de concejales se incrementara de acuerdo a la ley electoral vigente. El distrito o distritos indígenas originarios campesinos designaran a su representante ante el Concejo Municipal de acuerdo a sus normas y procedimientos propios, mismo que tendrá la denominación de representante (las negrillas nos corresponden).

I. El Gobierno Municipal legislara, reglamentara e implementara la normativa sobre transporte público dentro de la jurisdicción territorial del Municipio, así como el registro automotor para lograr un buen servicio de transporte público dentro del  Municipio de Batallas en coordinación con los sindicatos y asociaciones del sector transporte; y las  organizaciones sociales que correspondan.

I El Comité de control social percibirá un estipendio  por el periodo de tres meses, siguientes a la recepción del Informe Final del alcalde o alcaldesa, exclusivamente para verificar la Ejecución Presupuestaria y plan operativo anual. II. El presupuesto Municipal deberá contemplar la asignación de recursos para el pago de estipendios a los miembros del Control Social por el lapso de tres meses. Los recursos del Control Social serán manejadas en cuenta bancaria independiente del Gobierno Municipal”.