SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S1

Fecha: 02-Feb-2015

Fragmento 16

             El art. 56 de la Norma Suprema, instituye el derecho de toda persona a la propiedad privada o colectiva, siempre que cumpla una función social; garantizándola siempre que su uso no sea perjudicial al interés colectivo, protegiendo asimismo el derecho a la sucesión hereditaria. En similar sentido, se encuentran las normas reguladas en los arts. 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), 21 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.