Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
II.2.
II.2. Por documento privado suscrito por la accionante y su ex esposo, de 22 de diciembre de 1997, determinaron -entre otros aspectos- la venta de la casa y lote de Villa Montes al mejor precio del mercado, y dividir su producto en partes iguales. Asimismo, acordaron distribuir los bienes muebles en la forma que las partes vean conveniente en su oportunidad, habiendo sido dicho documento homologado, mediante Auto de 8 de enero de 1998 (fs. 47 y vta.; y, 49).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- 1.2.3. Intervención del Ministerio Público
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y plazo para su interposición
- III.2.Sobre el debido proceso
- III.3. El derecho a la defensa
- Fragmento 22
- III.4. Sobre el derecho a la petición
- Fragmento 24
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte